Entre otros conceptos, aquí se presenta el Auxilio por enfermedad laboral. Conozca en este sitio los demás; vale recordar que se obtienen originalmente de la Seguridad Social (INSS) y pueden haber recibido algunos ejemplos.
Beneficio concedido al asegurado incapacitado para el trabajo debido a un accidente laboral o enfermedad profesional. Se considera accidente de trabajo aquel ocurrido en el ejercicio de actividades profesionales al servicio de la empresa (típico) o ocurrido en el trayecto casa-trabajo-casa (de trayecto).
Tienen derecho al auxilio por enfermedad laboral el empleado, el trabajador autónomo, el médico residente y el asegurado especial. La concesión del auxilio por enfermedad laboral no exige tiempo mínimo de cotización.
Al trabajador que recibe auxilio por enfermedad, la Seguridad Social le ofrece el programa de rehabilitación profesional.
La comunicación de accidente de trabajo o enfermedad profesional se realizará a la Seguridad Social en un formulario específico (vea cómo completar la CAT), completado en cuatro copias: 1ª copia (INSS), 2ª copia (asegurado o dependiente), 3ª copia (sindicato de clase del trabajador) y 4ª (empresa).
La CAT deberá ser emitida por la empresa o por el propio trabajador, por sus dependientes, por la entidad sindical, por el médico o por autoridad (magistrados, miembros del Ministerio Público y de los servicios jurídicos de la Unión, de los estados y del Distrito Federal y comandantes de unidades del Ejército, de la Marina, de la Aeronáutica, del Cuerpo de Bomberos y de la Policía Militar). El formulario completado debe ser entregado en una Agencia de la Seguridad Social por el emisor.
La reanudación del tratamiento y el alejamiento por agravamiento de lesión derivados de accidente de trabajo o enfermedad profesional deben ser comunicados a la Seguridad Social en un formulario específico. En esta CAT deberán constar las informaciones de la época del accidente y los datos actualizados del nuevo alejamiento (último día trabajado, certificado médico y fecha de emisión).
También deben ser informadas a la Seguridad Social a través de la CAT las muertes de asegurados derivadas de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional.
La empresa está obligada a informar a la Seguridad Social los accidentes de trabajo ocurridos con sus empleados, incluso si no hay alejamiento de las actividades, hasta el primer día hábil siguiente al de la ocurrencia. En caso de muerte, la comunicación debe ser inmediata. La empresa que no informe los accidentes de trabajo está sujeta a multa.
En los primeros 15 días de alejamiento, el salario del trabajador es pagado por la empresa. Después, la Seguridad Social es responsable del pago. Mientras recibe auxilio por enfermedad por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, el trabajador es considerado con licencia y tendrá estabilidad por 12 meses después del retorno a las actividades.
El auxilio por enfermedad deja de pagarse cuando el asegurado recupera la capacidad y retorna al trabajo o cuando el beneficio se transforma en jubilación por invalidez.
Cómo solicitar el auxilio por enfermedad laboral
Registro de la Comunicación de Accidente de Trabajo - CAT
Valor del beneficio
Rehabilitación profesional



