Son personas jurídicas de derecho privado creadas por autorización contenida en ley para ejercer un servicio público o actividad económica. Se constituye mediante ley específica, con necesidad de registro.
Los empleados se rigen por la legislación laboral (CLT) y están sujetos a la prohibición de acumulación remunerada de cargos.
Son inmunes a los impuestos. Están sujetas a licitación; en la actividad económica solo hay licitación para las actividades de soporte (actividades-medio).
Si presta un servicio público, será bajo régimen de derecho público; si ejerce actividad económica, será híbrido.
La responsabilidad es objetiva.
Los actos y contratos son administrativos; están sujetos al control judicial.
Los bienes son públicos.
El capital es mayoritariamente público; la forma societaria es la Sociedad Anónima (SA).
Algunos ejemplos: Petrobrás, Banco do Nordeste, Eletrobrás y el Banco do Brasil.



