El Derecho Procesal es el conjunto de normas y principios que regulan el ejercicio de la actividad jurisdiccional y la relación jurídica que se desarrolla entre las partes litigantes y el agente político.
Jurisdicción - De cuyo estudio se derivan la competencia, los poderes del juez, los requisitos de validez de la sentencia y el doble grado de jurisdicción.
Acción - Derecho del cual se desglosa el estudio de los elementos identificadores y las condiciones de ejercicio, de los fenómenos de la conexión, litispendencia, prevención, cosa juzgada, litisconsorcio y formas de extinción del proceso.
Excepción (defensa) - Derecho que demuestra la importancia del establecimiento de plazos y de los fenómenos de la rebeldía y del juicio anticipado de la litis.
Proceso - Instituto informativo de todas las reglas sobre el procedimiento que, a su vez, es la expresión visible.
Fuente: Teoria Geral do Processo e Processo de Conhecimento, Carlos Eduardo Ferraz de Mattos Barroso, v. 11, 11ª edición revisada, p. 18



