El trabajador que recibe subsidio por enfermedad o subsidio por enfermedad laboral del INSS no puede ser despedido de la empresa durante el período en que esté ausente de sus actividades y gozando del beneficio. Tras el alta del INSS, el asegurado que recibía el subsidio por enfermedad laboral continúa con estabilidad en el empleo durante 12 meses más, de acuerdo con las leyes laborales. Sin embargo, esto no ocurre con la persona que recibía el subsidio por enfermedad común. En este caso, puede ser despedida por la empresa tras su reincorporación al trabajo.
El subsidio por enfermedad común es pagado por la Previdencia Social al trabajador que, debido a una enfermedad o accidente no relacionados con el trabajo, se ausenta de sus actividades profesionales por más de 15 días consecutivos. Los primeros 15 días de ausencia son pagados por la empresa. A partir del día 16, el INSS asume esta responsabilidad.
Además de los trabajadores con contrato de trabajo, los autónomos, los empleadores, los empleados domésticos, los asegurados voluntarios y los especiales tienen derecho al subsidio por enfermedad. Para ello, es necesario que el asegurado haya estado contribuyendo a la Previdencia Social durante al menos 12 meses. Este período de carencia solo no se exige en casos de enfermedades graves, como cardiopatía grave, cáncer y SIDA.
El subsidio por enfermedad laboral se concede al asegurado empleado que haya quedado incapacitado para el trabajo como consecuencia de un accidente laboral o enfermedad profesional. A diferencia del subsidio por enfermedad común, el beneficio laboral no exige período de carencia (tiempo mínimo de cotización) para ser concedido. El INSS considera accidente de trabajo el ocurrido con el asegurado en su lugar de trabajo o en el trayecto entre el trabajo y su casa y viceversa.
El accidente de trabajo debe ser comunicado por la empresa al INSS hasta el primer día hábil posterior a su ocurrencia, a través de un formulario llamado Comunicación de Accidente de Trabajo (CAT). Si la empresa se niega a hacerlo, la comunicación puede ser realizada por el propio accidentado, sus dependientes o el sindicato de la categoría. (GOB/JEF)
Fuente: http://www.inss.gov.br/
¡Lea también, en exclusiva, solo lo encontrará en este sitio! Subsidio por enfermedad derivado de Acoso Moral en el Trabajo, estabilidad por depresión y efecto jurídico ante la estabilidad laboral.
El trabajador que recibe subsidio por enfermedad o subsidio por enfermedad laboral del INSS no puede ser despedido de la empresa durante el período en que esté ausente de sus actividades y gozando del beneficio. Tras el alta del INSS, el asegurado que recibía el subsidio por enfermedad laboral continúa con estabilidad en el empleo durante 12 meses más, de acuerdo con las leyes laborales. Sin embargo, esto no ocurre con la persona que recibía el subsidio por enfermedad común. En este caso, puede ser despedida por la empresa tras su reincorporación al trabajo.
El subsidio por enfermedad común es pagado por la Previdencia Social al trabajador que, debido a una enfermedad o accidente no relacionados con el trabajo, se ausenta de sus actividades profesionales por más de 15 días consecutivos. Los primeros 15 días de ausencia son pagados por la empresa. A partir del día 16, el INSS asume esta responsabilidad.
Además de los trabajadores con contrato de trabajo, los autónomos, los empleadores, los empleados domésticos, los asegurados voluntarios y los especiales tienen derecho al subsidio por enfermedad. Para ello, es necesario que el asegurado haya estado contribuyendo a la Previdencia Social durante al menos 12 meses. Este período de carencia solo no se exige en casos de enfermedades graves, como cardiopatía grave, cáncer y SIDA.
El subsidio por enfermedad laboral se concede al asegurado empleado que haya quedado incapacitado para el trabajo como consecuencia de un accidente laboral o enfermedad profesional. A diferencia del subsidio por enfermedad común, el beneficio laboral no exige período de carencia (tiempo mínimo de cotización) para ser concedido. El INSS considera accidente de trabajo el ocurrido con el asegurado en su lugar de trabajo o en el trayecto entre el trabajo y su casa y viceversa.
El accidente de trabajo debe ser comunicado por la empresa al INSS hasta el primer día hábil posterior a su ocurrencia, a través de un formulario llamado Comunicación de Accidente de Trabajo (CAT). Si la empresa se niega a hacerlo, la comunicación puede ser realizada por el propio accidentado, sus dependientes o el sindicato de la categoría. (GOB/JEF)
Fuente: http://www.inss.gov.br/
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