Los periódicos informan que la 'Justicia condena a Lindemberg Alves a 98 años y 10 meses de prisión', y algunas personas en la calle me han preguntado: "¿Por qué no aplicar la cadena perpetua?"
La respuesta es sencilla:
En Brasil no existe la cadena perpetua debido a nuestra Constitución.
Cualquier persona condenada a una pena superior a 30 años, tiene el tiempo 'redondeado' a 30 años.
Art. 5º Todos son iguales ante la ley, sin distinción de ninguna naturaleza, garantizándose a los brasileños y a los extranjeros residentes en el País la inviolabilidad del derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la seguridad y a la propiedad, en los términos siguientes:
XLVII - no habrá penas:
a) de muerte, salvo en caso de guerra declarada, en los términos del art. 84, XIX;
b) de carácter perpetuo;
c) de trabajos forzados;
d) de destierro;
e) crueles;
En los próximos días describiré cada una de las penas arriba citadas,
Vuelvan, y utilicen el buscador del sitio,



