Estructura del Poder Judicial
Organigrama, sitios web y fundamentación Constitucional
La Suprema Corte Brasileña es el STF
STF - Supremo Tribunal Federal Art. 92, I CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
CNJ - Consejo Nacional de Justicia [como auxiliar]¹ Art. 9, I-A CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
Tribunales Superiores
Justicia Común
STJ - Superior Tribunal de Justicia, Art. 92, II CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
Justicia Especializada
STM - Superior Tribunal Militar, Art. 122, I, CF/88 (enlace y Seguimiento de Procesos)
TSE - Tribunal Superior Electoral, Art. 118, I, CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
TST - Tribunal Superior del Trabajo, Art. 111, I CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
---
De la Justicia Común, los Tribunales de Justicia Federal y Estatales.
Conozca también: JF - por su Consejo y Justicia Federal (enlace)
Nota: Los Juzgados no están siendo listados aquí, su relación puede ser encontrada en los sitios web de los TJs y TJFs respectivos. Cabe recordar que existen tantos Juzgados Especiales Federales como Estatales, de competencia Penal y Civil. En Brasil existen más de 2.500 Juzgados.
Tribunales de Justicia Estatales
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Tribunales de Justicia Federal

Para acceder haga clic en una región:
1ª Región - 2ª Región - 3ª Región - 4ª Región - 5ª Región
Justicia Especializada
De la Justicia del Trabajo, los Tribunales Regionales del Trabajo ( TRTs )
De la Justicia Electoral, los Tribunales Regionales Electorales ( TREs )
|
Hoy en Brasil existen 3 (tres) Tribunales de Justicia Militar. En los demás Estados, véase el Tribunal de Justicia Estatal respectivo.
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Ver también. Tribunales internacionales a los que Brasil se somete:
Tribunal Internacional de Justicia (enlace) http://www.icj-cij.org/
Corte Penal Internacional (enlace) http://www.icc-cpi.int
-------------
¹. El CNJ - Consejo Nacional de Justicia fue creado en diciembre de 2004 para auxiliar al Poder Judicial en velar por su autonomía, definir planeamientos, metas, recibir reclamaciones contra sus miembros, juzgar procesos administrativos, entre otros, tal como dispuesto en la Constitución Federal de 88, su artículo 103-B y regulamentadas en su propio reglamento interno.
Organigrama, sitios web y fundamentación Constitucional
La Suprema Corte Brasileña es el STF
STF - Supremo Tribunal Federal Art. 92, I CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
CNJ - Consejo Nacional de Justicia [como auxiliar]¹ Art. 9, I-A CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
Tribunales Superiores
Justicia Común
STJ - Superior Tribunal de Justicia, Art. 92, II CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
Justicia Especializada
STM - Superior Tribunal Militar, Art. 122, I, CF/88 (enlace y Seguimiento de Procesos)
TSE - Tribunal Superior Electoral, Art. 118, I, CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
TST - Tribunal Superior del Trabajo, Art. 111, I CF/88 (enlace), (Seguimiento de Procesos)
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De la Justicia Común, los Tribunales de Justicia Federal y Estatales.
Conozca también: JF - por su Consejo y Justicia Federal (enlace)
Nota: Los Juzgados no están siendo listados aquí, su relación puede ser encontrada en los sitios web de los TJs y TJFs respectivos. Cabe recordar que existen tantos Juzgados Especiales Federales como Estatales, de competencia Penal y Civil. En Brasil existen más de 2.500 Juzgados.
Tribunales de Justicia Estatales
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De la Justicia Electoral, los Tribunales Regionales Electorales ( TREs )
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Hoy en Brasil existen 3 (tres) Tribunales de Justicia Militar. En los demás Estados, véase el Tribunal de Justicia Estatal respectivo.
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Ver también. Tribunales internacionales a los que Brasil se somete:
Tribunal Internacional de Justicia (enlace) http://www.icj-cij.org/
Corte Penal Internacional (enlace) http://www.icc-cpi.int
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¹. El CNJ - Consejo Nacional de Justicia fue creado en diciembre de 2004 para auxiliar al Poder Judicial en velar por su autonomía, definir planeamientos, metas, recibir reclamaciones contra sus miembros, juzgar procesos administrativos, entre otros, tal como dispuesto en la Constitución Federal de 88, su artículo 103-B y regulamentadas en su propio reglamento interno.
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